Terapia psicológica en menores: ¿puede un progenitor impedirla?

Terapia psicológica en menores: ¿puede un progenitor impedirla?

Terapia psicológica en menores: ¿puede un progenitor impedirla? Reivindicate Abogados 17 de abril de 2026

Terapia psicológica en menores: ¿puede un progenitor impedirla?

La salud mental infantil también es un derecho. Sin embargo, en la práctica surgen conflictos cuando uno de los progenitores quiere que su hijo o hija acuda a terapia psicológica y el otro se opone.

¿Quién decide sobre la terapia psicológica de un menor?

Cuando existe patria potestad compartida, las decisiones relevantes sobre la vida del menor deben adoptarse de común acuerdo entre ambos progenitores. Esto incluye cuestiones relacionadas con la salud, como la atención psicológica.

Por tanto, ninguno de los progenitores puede decidir unilateralmente iniciar o impedir una terapia si no existe consenso.

¿Qué ocurre si no hay acuerdo?

Cuando no existe acuerdo, no se trata de determinar quién tiene razón, sino de valorar qué es lo más beneficioso para el menor.

En estos casos, puede ser necesario acudir a la vía judicial para que sea un juez quien decida, aplicando el principio del interés superior del menor.

La importancia del informe psicológico

Un elemento clave en este tipo de procedimientos es el informe psicológico. Este documento permite acreditar la necesidad de la terapia y el impacto que puede tener en el bienestar emocional del menor.

Los juzgados valoran especialmente este tipo de pruebas técnicas, ya que aportan una base objetiva para tomar una decisión.

¿Puede perjudicar al menor negar la terapia?

Negar el acceso a apoyo psicológico puede tener consecuencias en el desarrollo emocional del menor, especialmente si existe una necesidad acreditada.

Por eso, el enfoque no debe centrarse en el conflicto entre progenitores, sino en garantizar el bienestar del menor.

¿Qué ocurre si el menor se niega a acudir a terapia?

En ocasiones, uno de los progenitores justifica la negativa a la terapia alegando que es el propio menor quien no quiere acudir. Sin embargo, esta situación debe analizarse con cautela.

La opinión del menor puede y debe ser tenida en cuenta, especialmente en función de su edad y grado de madurez. No obstante, la negativa del menor no siempre es determinante, ya que puede estar influida por múltiples factores: miedo, rechazo inicial, conflictos familiares o incluso la influencia de uno de los progenitores.

Desde el punto de vista jurídico, la decisión sigue estando sujeta al interés superior del menor, no a una negativa puntual o no fundamentada.

Por ello, utilizar la oposición del menor como argumento para impedir la terapia no siempre justifica la falta de intervención, especialmente cuando existen indicios de que dicha terapia puede ser beneficiosa para su bienestar emocional.

En estos casos, vuelve a ser clave contar con un informe psicológico que evalúe la situación, determine la necesidad de intervención y valore la negativa del menor dentro de su contexto.

Si persiste el desacuerdo, será el juzgado quien valore todas estas circunstancias, pudiendo incluso escuchar al menor y apoyarse en profesionales especializados para adoptar una decisión.

Conclusión

Cuando hay desacuerdo entre progenitores, la clave no es quién gana, sino qué necesita el menor.

No todo “no quiero” es una decisión libre, y el Derecho lo tiene en cuenta.

En estos casos, contar con asesoramiento legal y con un informe psicológico adecuado puede marcar la diferencia en la resolución del conflicto.