La reforma de la Ley de Extranjería, aprobada mediante el Real Decreto 1155/2024, ha transformado el régimen de autorizaciones de residencia por arraigo en España. Desde esta reforma, existen cinco modalidades de arraigo, todas ellas con requisitos propios pero orientadas a facilitar la regularización y la integración laboral y social de las personas extranjeras.
Una de las novedades más relevantes es la reducción del tiempo mínimo de permanencia en España de tres a dos años para la mayoría de las modalidades. Además, todas las autorizaciones por arraigo pasan a habilitar para trabajar, lo que supone un avance significativo.
Tipos de Arraigo tras la Reforma
1. Arraigo de Segunda Oportunidad
Dirigido a personas que tuvieron una autorización de residencia en España y la perdieron por caducidad. Permite recuperar la situación legal si se acredita la residencia previa, la permanencia continuada en España y la ausencia de antecedentes penales.
2. Arraigo Sociolaboral
Para quienes llevan dos años en España y disponen de un contrato de trabajo de al menos 20 horas semanales y salario conforme al SMI. Es una vía para regularizar la situación de quienes ya están integrados en el mercado laboral.
3. Arraigo Social
Requiere la existencia de vínculos familiares directos (padres, hijos) en España y la acreditación de integración social mediante actividades formativas o comunitarias. También exige dos años de permanencia continuada.
4. Arraigo Socioformativo
Permite obtener residencia a quienes estén matriculados —o se comprometan a matricularse— en formación oficial o cursos del SEPE. Potencia la integración laboral mediante la formación.
5. Arraigo Familiar
Diseñado para situaciones en las que existen vínculos familiares relevantes, especialmente cuando hay menores o personas con discapacidad de nacionalidad europea. Es la modalidad más flexible y puede no exigir un tiempo mínimo de permanencia en España.
Requisitos Generales Comunes
- Permanencia continuada de dos años en España (sin ausencias superiores a 90 días).
- Carencia de antecedentes penales en España y en los países de residencia previa.
- Documentación específica según la modalidad (contrato, vínculos, matrícula, etc.).
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