¿Me pueden despedir estando de baja médica?

¿Me pueden despedir estando de baja médica?

¿Me pueden despedir estando de baja médica? Reivindicate Abogados 17 de diciembre de 2025

¿Me pueden despedir estando de baja médica?

Esta es una de las preguntas que más recibimos en el despacho y que más dudas genera. La respuesta rápida es clara: estar de baja médica no te hace inmune al despido, pero tampoco todo despido durante una baja es legal.


Respuesta corta

El despido de un trabajador en situación de incapacidad temporal (baja médica) no es automáticamente ilegal en la legislación laboral española.

Solo será válido si:

  • No se basa en la enfermedad o discapacidad del trabajador.
  • Existe una causa objetiva o disciplinaria real.
  • Se cumplen los requisitos legales del despido.

Será nulo si se demuestra que el motivo del despido es la baja médica o existe discriminación por enfermedad o discapacidad.

Será improcedente si no se justifica adecuadamente conforme a derecho.


¿Qué dice la ley en España?

En España, la regulación principal se encuentra en el Estatuto de los Trabajadores (Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre). La ley establece que el despido será nulo cuando tenga como causa algún tipo de discriminación o vulnere derechos fundamentales.

Un punto clave es la derogación del artículo 52.d) del Estatuto de los Trabajadores por la Ley 1/2020, de 15 de julio, que eliminó el despido objetivo por faltas de asistencia al trabajo, incluso cuando estaban justificadas por enfermedad.

Desde esa reforma:

  • Ya no se puede despedir objetivamente por estar enfermo o de baja.
  • Despedir “por la baja” carece de cobertura legal.

Además, aunque el contrato se extinga durante la incapacidad temporal, el trabajador mantiene el derecho a la prestación por IT y, posteriormente, al desempleo si corresponde (Ley 40/2007, de 4 de diciembre).


¿Cuándo puede ser válido un despido estando de baja?

El despido no está prohibido de forma absoluta durante una baja médica. Puede ser procedente si:

  • Existe una causa objetiva real (económica, técnica, organizativa o productiva).
  • Existe una causa disciplinaria grave y acreditada.
  • La causa no guarda relación con la enfermedad o discapacidad.
  • Se cumplen los requisitos formales (carta de despido, causa clara, etc.).

Por ejemplo, realizar actividades incompatibles con la recuperación o que perjudiquen a la empresa puede justificar un despido disciplinario incluso durante la baja.


El gran límite: la discriminación

El principal límite legal es la prohibición de discriminación por razón de enfermedad o discapacidad.

Si el despido se produce porque el trabajador está enfermo, especialmente cuando se trata de una enfermedad de larga duración, puede considerarse despido nulo.

La jurisprudencia exige:

  • Que el trabajador aporte indicios de que la baja fue la causa real del despido.
  • Que, si existen esos indicios, la empresa demuestre que su decisión fue objetiva y no discriminatoria.

La nulidad se aplica con mayor claridad cuando la enfermedad es duradera y limitante, pudiendo asimilarse a una discapacidad a efectos de la Directiva 2000/78/CE.


Enfermedad vs. discapacidad

  • Enfermedad común o de corta duración: no implica por sí sola despido nulo.
  • Enfermedad de larga duración: puede equipararse a discapacidad y reforzar la protección frente al despido.

Los tribunales valoran cada caso concreto atendiendo a la duración, gravedad y efectos reales de la enfermedad.


¿Qué pasa si el despido no está bien hecho?

Si el despido no tiene causa suficiente o no cumple los requisitos legales, será declarado improcedente, obligando a la empresa a readmitir o indemnizar al trabajador.

Si el despido es nulo:

  • El trabajador debe ser readmitido inmediatamente.
  • Tiene derecho a los salarios de tramitación.

¿Qué hacer si te despiden estando de baja?

  • No firmes como “conforme”.
  • Guarda la carta de despido y cualquier prueba.
  • Anota fechas, mensajes o conductas sospechosas.
  • Consulta con un/a abogado/a laboralista cuanto antes.

Atención: solo hay 20 días hábiles para impugnar el despido.


Conclusión

El despido durante una baja médica no es automáticamente ilegal, pero está sujeto a límites muy estrictos.

Será válido únicamente si existe una causa real, ajena a la enfermedad, y se cumplen todos los requisitos legales. Si el despido se basa en la baja médica o en una situación de discriminación, será nulo.

Entendemos la abogacía como una herramienta de transformación social: informar es el primer paso para defender tus derechos. Contacta con nosotros.